En septiembre de este año, el Primer Tribunal Ambiental de Antofagasta confirmó la clausura total y definitiva del proyecto binacional Pascua Lama, propiedad de Minera Nevada, y mantuvo la multa de más de $7 mil millones impuesta por la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA).
El proyecto buscaba la explotación a cielo abierto de oro, plata y cobre bajo los glaciares Toro I, Toro II y Esperanza en la comuna de Alto del Carmen por el lado chileno y el departamento de Iglesias en Argentina.
El fallo fue analizado por destacados expertos en el marco del Ciclo de Jurisprudencia Actualizada, organizado por el Instituto de Investigación en Derecho de la Universidad Autónoma de Chile.
La abogada y directora ejecutiva de la ONG Defensoría Ambiental, Alejandra Donoso, sostuvo que se trata de un caso “emblemático” y de alto impacto internacional.
Precisó que el medioambiente como bien jurídico sujeto de protección es relativamente nuevo y obliga a ajustar las políticas económicas a estándares ambientales aun en desarrollo por ejemplo a nivel constitucional, y a modificar el comportamiento de la administración del Estado.
En esa misma línea, el docente de la Universidad de La Frontera Juan Enrique Serrano subrayó que la sentencia es “histórica” no solo por su impacto mediático, el monto de la sanción o su valor jurídico, sino porque da cuenta de 20 años de evolución del Derecho ambiental chileno.
A su juicio, eleva el estándar relacional de la justicia administrativa en esta área y constituye un “cambio de época” en esa materia.
Por su parte, Juan Carlos Cisternas, docente de la Universidad Autónoma de Chile en Temuco, destacó que el fallo desestimó los argumentos de Pascua Lama respecto del decaimiento del proceso administrativo, la falta de oportunidad de la sanción y el derecho a ser juzgado en un tiempo razonable, basado en el extenso proceso de investigación transcurrido desde que la compañía se autodenunciara el año 2013.